La noticia que enlazo tiene un singular interés para los que nos dedicamos al Derecho administrativo. Nos muestra cómo funciona la Administración federal en lo que, utilizando la terminología europea, es la denominada decisión ejecutoria. La Administración federal decide suspender nuevas prospecciones petrolíferas en el Golfo de México hasta tanto se resuelvan las dudas sobre su seguridad a la vista de lo sucedido con el vertido que aún hoy anega el Golfo. La decisión era inmediata pero con la misma inmediatez se planteo el contencioso, en nuestros términos, contencioso-administrativo ante la jurisdicción federal. En primera instancia, el juez unipersonal, revocó la decisión. En segunda instancia, se planteo, en primer lugar, la suspensión inmediata del fallo revocatorio y, en segundo lugar, la cuestión de fondo relativa a la legalidad de la decisión de la Administración federal. Sobre esta última cuestión, el Tribunal no se ha pronunciado. En cambio si lo ha hecho sobre la primera. El Tribunal Federal, integrado por tres miembros, ha decidido no suspender el fallo por lo que queda suspendida la eficacia de la medida de la Administración federal, o sea, la suspensi'on de las prospecciones. El argumento principal, según parece, fue considerar que la decisión era desproporcionada. En efecto, sólo se suspende las nuevas prospecciones pero no las ya existentes en explotación. El mismo peligro, entendemos, amenaza tanto a las nuevas como a las existentes, es más, se podría considerar que estas son aún más peligrosas que las nuevas que se pretenden poner en explotación porque las cautelas, en este último caso, serían mayores. El otro aspecto de interés es la transparencia. Se cuenta que los jueces del Tribunal federal tenía un interés en el asunto desde el momento en que en el pasado fueron abogados de empresas petrolíferas o tienen acciones en dichas empresas. Se detalla los importes económicos de tales intereses. Me resulta sorprendente que esto pueda suceder. Creo que en el caso británico existe un mayor rigor en lo que se refiere a la imparcialidad. No parece, al menos inicialmente, que los jueces estén en una situación objetiva de imparcialidad. No obstante, fallaron en contra de la Administración federal por considerar que era una medida económicamente perjudicial para las empresas e, incluso, también para aquellas en las que dichos jueces tienen inversiones. Así expuesto, no me parece un buen ejemplo.
U.S. Appeals Court Turns Down Moratorium on Drilling in Gulf - NYTimes.com
U.S. Appeals Court Turns Down Moratorium on Drilling in Gulf - NYTimes.com
Comentarios
Publicar un comentario