La política ambiental está atrapada por el discurso apocalíptico. El debate sobre las prospecciones petrolíferas lo confirma. En el mundo de la comunicación, el mensaje del miedo es muy eficaz y aún más cuando la amenaza, a pesar de su indeterminación, se siente próxima. La reacción es defensiva. Somos organismos programados para vivir. Se omite que somos, además, organismos exoenergéticos. La energía que precisamos para vivir procede de nuestro entorno. Somos depredadores energéticos y, además, contaminantes. Vivir es contaminar. Es extraer la energía del entorno y devolver la excedentaria en forma de residuos. Dependemos del entorno tanto como lo explotamos. Como somos organismos programados para la vida, tenemos que organizar nuestra capacidad de contaminar o de destruir para que se acompase con nuestra vida a largo plazo. El requisito de la sostenibilidad de la vida es el de la sostenibilidad de la destrucción.
Me sorprende la violencia con la que algunos se expresan. No me parece razonable. La razón impone algunas ideas que son básicas. El petróleo y sus derivados siguen siendo la principal fuente de energía que los seres humanos consumimos (un 33% en el año 2012). Todavía no se ha encontrado otra con la misma cantidad, calidad y precio. Las denominadas energías renovables están todavía en fase de desarrollo. Representan el 2,4% mundial. En España, han llegado a cubrir el 42% de la demanda eléctrica en el año 2013 (un 21,1% de procedencia eólica); en Canarias, sólo el 7,7%. Es paradójico que la Comunidad que más depende de los hidrocarburos (93%) es la que tiene unas autoridades que más se oponen a su extracción. La contaminación que no se quiere tener en casa es la que se obliga a soportar a otros. Un ejemplo del denominado NIMBY (“Not in My Back Yard”; no en mi patio trasero); es el irracionalismo apocalíptico e insolidario tan presente en cuestiones ambientales. El oportunismo de la política, en particular, la de los nacionalistas.
Los debates sobre las grandes cuestiones en los Estados democráticos de Derecho como el español se debe basar en razones, sólo así se podrá alcanzar el acuerdo que plasme el equilibrio entre intereses. No es posible prescindir del petróleo, pero sí lo es encontrar un punto de equilibrio que permita su explotación, minimizando los daños y, en particular, garantizando la sostenibilidad, tanto la humana como la no humana. La sostenibilidad de los recursos energéticos (no renovables) que necesitamos para la sostenibilidad de los seres humanos. El Derecho traza el cauce para que se alcance ese punto de equilibrio.
Al Derecho ambiental llevo dedicado más de 20 años como profesor universitario. Siempre me ha preocupado que deje de ser Derecho para convertirse en política. El caballo de Troya, como he dicho, es el discurso apocalíptico. El que no entiende de razones, sólo de supervivencia ante una sedicente amenaza eminente e inminente. En cambio, el Derecho ambiental es, aún cuando sorprenda a algunos, Derecho y sólo Derecho. Y como tal, es una técnica social basada en la amenaza de la sanción, como la definiera Kelsen, el más insigne de los juristas del siglo XX, que establece procedimientos para encontrar soluciones a problemas con los que las sociedades se enfrentan. En un Estado democrático, los procedimientos deben alumbrar soluciones que median entre los distintos intereses. En el caso de las prospecciones, es tan democrático defender la protección ambiental como la extracción. Y como lo son, hay que encontrar el punto de equilibrio. Una de las técnicas que lo permite es la evaluación de impacto ambiental.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de junio que resuelve el recurso interpuesto por el Cabildo de Fuerteventura contra el permiso de investigación nos muestra la importancia de la evaluación. Desestima el recurso y confirma la legalidad del Real Decreto 547/2012 que, a su vez, había modificado el Real Decreto 1462/2001 que había otorgado los permisos de investigación de hidrocarburos frente a las costas de Fuerteventura y Lanzarote. Una de las primeras cuestiones que sobresale es la falta de rigor jurídico. La Administración General del Estado habla de “convalidación” cuando en realidad el Real Decreto de 2012 viene a “confirmar” lo ya decidido en el año 2001. Esta confusión alimenta la sospecha de la precipitación y las dudas sobre la corrección de lo decidido. Mala señal.
En el fondo, la única gran cuestión jurídica es la relativa a cuándo se debe producir la evaluación de impacto ambiental. La legislación establece que son los proyectos cuya ejecución supone actuar directamente sobre la Naturaleza, los que tienen unos impactos que deben valorarse de manera anticipada y, en su caso, corregir. Así sucede con las perforaciones o la explotación de yacimientos de hidrocarburos, no con los permisos de investigación. Esta opción del legislador es cuestionada por dos Magistrados del Tribunal que firman el voto particular a la comentada Sentencia, pues consideran que se debería anticipar a la aprobación de los proyectos de investigación. Es discutible que esta solución ofrezca ventajas desde el punto de vista ambiental cuando el impacto es hipotético.
El 10 de junio, el Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de 29 de mayo por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de perforación de dos pozos de sondeos exploratorios en los permisos de investigación autorizados. Se pone fin al procedimiento de evaluación del proyecto de perforación. La declaración es favorable. Entiende que, tras analizar los impactos, se pueden ejecutar siempre y cuando se cumplan las condiciones que establecen. Queda ahora la autorización de la ejecución del proyecto. La batalla jurídica no ha terminado, al contrario. Queda mucho por delante.
Uno de los impactos más sobresalientes de la perforación, en unas zonas marinas particularmente sensibles, es el del ruido. A diferencia de los vertidos, las medidas preventivas y correctoras más importantes son más evanescentes: una zona de exclusión de cetáceos de un kilómetro. Nos podemos imaginar los obstáculos con los que se enfrentará la realización de esta medida. Es un ejemplo de las dificultades que encierra reconducir la Naturaleza a las técnicas de los seres humanos. No es creíble que un cetáceo respete la señal de prohibido el paso. Y aún así, es la única que parece razonable. El ruido, inevitablemente, se seguirá produciendo y los cetáceos serán molestados. Entre nuestra necesidad e importunar a los seres vivos no humanos habrá que encontrar el punto de equilibrio. Es inevitable, tenemos que convivir.
(La Provincia/Diario de Las Palmas, 06/07/2014)
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