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"Prácticas legales pero corruptas"


La nueva legislatura nos va a traer sorpresas. La política está llena, pero creo que vamos a asistir a un torrente de afirmaciones llamadas a “conmover, suspender o maravillar” porque son “algo imprevisto, raro o incomprensible”. Podemos, estoy convencido, será una fuente inagotable de desatinos. En particular, porque atacan las bases más elementales de lo que entendemos por un Estado democrático de Derecho. Ayer, una vez más, P. Iglesias proclamaba que la Ley no es la Ley. Es su voluntad y la de su partido, la fuente de obligaciones, pero también la que fija las irregularidades y, cómo no, los delitos. Afirmó, sin inmutarse, como se puede comprobar en el vídeo, en relación con las puertas giratorias, que "hay prácticas legales que a nosotros nos parecen corruptas".

La corrupción no es la legal, es la que ellos dicen que es. Se desgaja de la legalidad para reposar en el suave y cómodo regazo del arbitrismo político de aquellos que quieren cambiar nuestro Estado de Derecho para retrotraernos al más antiguo Estado absolutista. Se nos dice que es el absolutismo del pueblo. Se nos habla, incluso, de la soberanía del pueblo catalán. Que no encuentra límite o restricción alguna. Incluso, la Constitución, no lo es. Si lo fuese, se nos dice, habrá que cambiarla. No es obstáculo que el cambio requiere, según establece la misma Constitución, convocar al conjunto de los españoles para que ejerza su soberanía, al afectar a una de sus piezas nucleares, como es la unidad de la nación española. Es la sola voluntad de los que ellos entienden por pueblo, por ciudadanos o por partido.

Que la única corrupción que existe sea la legal, no es suficiente. Como afirmara Ernesto Garzón Valdés, uno de los más prestigiosos filósofos del Derecho, profesor emérito en la Universidad de Maguncia, “el concepto de corrupción está lógicamente vinculado con el de sistema normativo. No es posible hablar de corrupción sin hacer referencia simultáneamente al marco normativo dentro del cual se produce el acto o la actividad calificada de corrupta.” Cuando se prescinde de tal sistema normativo, es imprescindible erigir “otro” que contenga los criterios que han de servir para medir cuándo la práctica corrupta se produce.

La afirmación de P. Iglesias vuelve, otra vez más, a hacer alarde de la más antigua pretensión del marxismo de erigir la voluntad del pueblo, según la interpretación de los que lo dirigen, en el único criterio de gobierno, también, de lo que se debe y no debe hacer. En este caso, para gestionar uno de los temas más complejos de los Estados modernos: el tránsito de lo privado a lo público y de lo público a lo privado. No es un asunto que lo tengan resuelto las democracias modernas. Al final, lo único importante no es que un privado acabe en el sector público o que de este sector se pase al privado. Lo único realmente importante es la contaminación de intereses. Que al sector público se arrastren intereses contraídos en el privado con lo que se contamina la gestión pública. O que al sector privado se arrastren, por razones inversas a las anteriores, intereses con los que se quiera obtener una renta suplementaria.

Si viviésemos en un mundo perfecto, el tránsito no tendría importancia porque se evitaría la contaminación. En nuestro mundo, es la legislación la que intenta establecer reglas para evitarla. Como ya tuve la oportunidad de exponer ante la Comisión constitucional del Congreso de los diputados, con escaso éxito por el rechazo tanto del PP como del PSOE, nuestra legislación tiene importantes agujeros por los que se produce el contagio. Se podría mejorar para crear incentivos negativos con los que evitar que los intereses privados pasan a gobernar la gestión pública. No parece razonable, por ejemplo, que se pueda salvar la prohibición de prestar servicios en entidades privadas afectadas por el ejercicio de las funciones del alto cargo mediante la interposición de un tercero (despacho de abogados, consultora, …). En todo caso, es la Ley y sólo la Ley, como afirmara Garzón Valdés, la única que puede construir el sistema normativo de referencia para determinar cuándo estamos ante una práctica corrupta. La única corrupción es la de la Ley. El Estado de Derecho no puede retroceder para volver a convertirse en el Estado absolutista donde, como decía Luis XIV, el “Estado soy yo”, el yo que establece qué es lo que se puede hacer o no. La Historia no tiene vuelta hacia atrás, aunque algunos se empeñan en lo contrario.

(Expansión, 30/12/2015)

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