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Mostrando entradas de enero, 2013

España, en manos de los chantajistas

La situación política de España en este momento tiene dos protagonistas centrales: la crisis económica y la crisis institucional. Ésta coincide con aquélla creando una asociación que se retroalimenta profundizando sus ya terribles efectos. La crisis institucional llega en el peor momento posible, cuando más se necesita a las instituciones para contribuir a la salida de la crisis. Ésta requiere un marco institucional que genere seguridad, es decir, previsibilidad de sus decisiones en cuanto atadas por un marco normativo que permite a los ciudadanos disfrutar, con garantías, de sus libertades, y no sólo de las económicas. Éste es el marco imprescindible para la prosperidad. Ésta precisa de la libertad y ésta, a su vez, de la seguridad. El papel del Estado es, fundamentalmente, aportar este componente esencial para la prosperidad. Hay otros elementos asociados a la denominada política económica. A mi juicio, aquel papel es el más relevante, el que constituye el eje cent

Derecho administrativo chino

El Derecho administrativo se abre camino en China. La lectura del seminario que enlazo ( Penn Convenes Major Dialogue on Chinese Administrative Law ) me ha suscitado un recuerdo inevitable: la reforma tecnocrática de la Dictadura franquista. En aquella fase, de los años 60 del siglo pasado, la modernización del Estado, sin quebrar los pilares autoritarios del mismo, condujo al Derecho administrativo y, significativamente, bajo el influjo del Derecho administrativo norteamericano. Este se dejó sentir, en particular, en la Ley de Procedimiento Administrativo del año 1958. En esta es notable la influencia de la Administrative Procedure Act  del año 1948. Ahora nos encontramos, en China, una situación que tiene cierto parecido con aquel proceso y con una influencia equivalente. El Estado chino se quiere modernizar para, entre otras cosas, afrontar en mejores condiciones el reto de convertirse en los próximos años en la primera potencia del mundo, y, además, combatir la corrupción. El proce

22 años de tramitación

El Derecho administrativo en vivo depara sorpresas tan increíbles como la tramitación de una licencia municipal pueda durar 22 años ( El piscolabis logra la licencia 22 años después ). Y, además, la obtenga por resolución judicial. La doble penalidad: solicitarla y esperar hasta la extenuación y, además, tener que recurrir ante los Tribunales para que sean estos los que, al final, tengan que reconocer el derecho a desarrollar una actividad tan peligrosa como un pequeño bar. Lo más absurdo de todo esto es que, seguro, este pequeño local no permaneció cerrado durante estos años. Y la ilegalidad no le supuso ningún obstáculo al desarrollo de la actividad. En definitiva, la legalidad es innecesaria y tardía. Esta podría ser la conclusión. Menudo ejemplo para el Estado de Derecho y los que en él creemos.

Doctrina legal en el caso del recurso de casación en interés de la Ley

La lectura de un excelente artículo que se publicará en InDret sobre el recurso de casación en interés de la ley me suscita algunas reflexiones sobre la doctrina legal que resulta de la Sentencia que resuelva tal recurso. El Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre la constitucionalidad de la eficacia vinculante de la misma respecto de todos los Jueces y Tribunales inferiores, como dispone el artículo 100.7 LJCA. Este precepto dispone que "la sentencia que se dicte respetará, en todo caso, la situación jurídica particular derivada de la sentencia recurrida y, cuando fuere estimatoria, fijaré en el fallo la doctrina legal. En este caso, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", y a partir de su inserción en él vinculará a todos los Jueces y Tribunales inferiores en grado de este orden jurisdiccional". Este efecto jurídico suscitó las dudas de constitucionalidad, en relación con la independencia judicial, que el Tribunal Constitucional resolvió considera

Corrupción, no es un problema de educación cuanto de castigo

El gran tema, lamentablemente, de la actualidad política española es el de la corrupción. En el día de hoy publico en Expansión una pequeña colaboración sobre esta cuestión. La corrupción tiene varias dimensiones pero todas asociadas con un hecho: el poder. Cualquier forma de poder tiene un precio; siempre habrá alguien dispuesto a pagar y otro dispuesto a cobrar por los beneficios que depara. Esto sucede entre nosotros pero también en otros países. Es la contraprestación por un beneficio que no se debería obtener conforme a la legislación y a la ética. Este precio, esta mordida, esta comisión, usualmente sirve para enriquecer las arcas del partido y, además, el peculio de los que participan en la trama. Ésta es una de las originalidades españolas: la asociación de la corrupción con la financiación de los partidos. El poder de los partidos entre nosotros es inmenso. Hablamos de la democracia española como una democracia de partidos. La Constitución ha consagrado este papel (articulo

Confucio v. Sócrates respecto de la ignorancia

"Solo sé que no sé nada". Plantón atribuye a Sócrates esta frase pronunciada en el siglo V a.C. Siglos antes, Confucio, en el siglo VI a.C., había considerado que la finalidad del conocer no es, paradójicamente, satisfacer nuestra ignorancia sino mostrarla en su extensión. Sócrates y Confucio enfrentados respecto de la ignorancia. Es una apariencia. En realidad, los dos grandes filósofos coinciden. Precisamente porque sé, no sé nada. Cuando más conozco, menos sé. La ignorancia vendría a ser, por lo tanto, la consecuencia del conocimiento, como sostiene Confucio. En las palabras de estos dos genios hay otro tema subyacente: la relación entre conocimiento y sabiduría. Una cosa es el conocimiento y otra distinta es el saber. La ignorancia es la del saber, no la de conocer. Se puede conocer de los asuntos pero no saber de ellos. Por esta razón Sócrates y Confucio tenían razón y coincidían pero desde distintas perspectivas. Sócrates habla del resultado, mientras que Confucio del

Microfísica de la política lingüística catalana

En el Pliego de cláusulas administrativas particulares que la Generalitat aprobó para que rijan el contrato administrativo de gestión y prestación de servicios públicos, en régimen de concesión, de las instalaciones que constituyen la red de abastecimiento Ter-Llobregat, se puede leer lo siguiente, en relación con la política lingüística que el concesionario deberá cumplir: CAPÍTULO QUINTO. DERECHOS, OBLIGACIONES Y RÉGIMEN DE PENALIDADES DE LA SOCIEDAD CONCESIONARIA CLÁUSULA 25. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD CONCESIONARIA 25.1.cc) “Emplear el catalán en sus relaciones con la Administración de la Generalitat de Catalunya derivadas de la ejecución del contrato. Así mismo, la sociedad concesionaria y, si es preciso, las empresas subcontratistas habrán de emplear al menos el catalán en los títulos, las publicaciones, los avisos y el resto de comunicaciones de carácter general que se derivan de la ejecución de las prestaciones objeto del contrato. La sociedad concesionaria habrá de emple

Multiplicador de organismos

El Estado de las Autonomías es un multiplicador de organismos. En algunos casos, por la "necesidad" de erigir "estructuras de Estado", según el eufemismo de los nacionalistas y, en otros, por emulación. El resultado es la reproducción en el ámbito autonómico de entidades existentes en el estatal. Esta reproducción no siempre está justificada. No hay una análisis pormenorizado de cuándo se justifica la creación de estas entidades. En algunos casos podría justificarse (volumen de trabajo, eficiencia, proximidad, ...) pero en la mayoría, sospecho, no superarían un examen mínimo de razonabilidad. Otro ejemplo de cómo la política ha impuesto un modelo de gastos (público) en el que no se tiene en cuenta el criterio básico de que debe destinarse a aquello que realmente se necesita, según el punto de vista del ciudadano. En el fondo, la multiplicación de organismos obedece a la necesidad de alimentar la red clientelar en que se han convertido los partidos. Tabla de

La cifra: la subvención a las televisiones públicas

En el año 2011, según el informe económico-social de la CMT ( Más información ), el importe total de las subvenciones percibidas por las televisiones públicas en España ascendió a los 2.334,5 millones de euros. A título puramente ilustrativo, el gasto público presupuestado en atención a la dependencia en España ascendió gradualmente desde los 3.809 millones de euros en 2007 hasta los 8.004 millones de euros en 2011 .  Esto significa que el gasto en televisiones representa casi un tercio del gasto en dependencia. La política por encima del interés de los ciudadanos. Estoy seguro que si a los ciudadanos se les diera a elegir en qué gastar su dinero, no elegirían las televisiones cuando se podría destinar a la dependencia. El gasto social se podría mantener si se administrase mejor el gasto político-burocrático-administrativo. Si se hicieran recortes en este ámbito seguro que no habría problemas para mantener aquél.

La reforma de la Constitución de Estados Unidos

El pasado 30 de diciembre, el profesor Louis Michael Seidman, Geogertown University, publicó en The New York Times un artículo de opinión ( Let’s Give Up on the Constitution - NYTimes.com ) que ha removido las tranquilas aguas de la reflexión jurídica sobre la Constitución de Estados Unidos. Incluso, su autor ha recibido amenazas de muerte y demás improperios. La prensa se ha hecho eco de la reacción suscitada ( Abandon the Constitution? Louis Seidman Sticks to His Guns ). El artículo de Seidman tiene, a mi juicio, dos elementos relevantes. En primer lugar, su opinión favorable a la actualización de la Constitución y, en segundo lugar, sus calificaciones bastante duras sobre el texto constitucional. Estas últimas son las que han terminado devorando, en términos de opinión pública, la tesis de Seidman. La idea de que el texto constitucional se ha de actualizar no es irrazonable. La Constitución se ha de adaptar a las circunstancias del momento. Esto se puede llevar a cabo a través de su

Corrupción

La corrupción en España es un problema. Más de 300 políticos están imputados ( Más de 300 políticos españoles están imputados en casos de corrupción | España | elmundo.es ). No es suficiente. Y no lo es porque la imputación puede no conducir a la condena. Se afirma que hay un reproche social pero esté está manifestando cierto agotamiento por la impotencia. Y cuando no hay sanción, ni tampoco reproche, el problema se reduplica. La corrupción está asociada al poder. El poder tiene un precio que alguien pone y alguien está dispuesto a pagar. El castigo o, mejor, la amenaza del castigo es el único antídoto. No hay otro igualmente efectivo. La moral personal y la ética colectiva contribuyen decisivamente pero es también el miedo asociado al castigo. La amenaza será un mecanismo efectivo cuando hay una certeza de que el castigo se producirá, más tarde o más pronto, pero se producirá. El problema hoy, en España, a mi juicio, es que el reproche social como la amenaza se han debilitado. Al fina